RETO 1 EJEMPLO DE DISCRIMINACIÓN: CULTURA ACCESIBLE

Un ejemplo de discriminación cotidiana, actual y global es la falta de herramientas de accesibilidad a la cultura para personas con discapacidad visual, auditiva e intelectual. Si bien las nuevas edificaciones están obligadas por normativa a cumplir con los estándares arquitectónicos de accesibilidad en cuanto a rampas, baños adaptados, o bucle magnético, no sucede lo mismo en cuanto a la audiodescripción, el subtitulado, las mochilas vibratorias, o la interpretación en lengua de signos de eventos culturales.

Es un tipo de discriminación indirecta pues no se prohíbe el acceso a personas con este tipo de discapacidad, pero indirectamente se les aleja de la posibilidad de disfrutar de la experiencia al no contar con la adaptación necesaria.

En la actualidad, existen estrategias para acabar con este tipo de discriminación, como decía, la audiodescripción de los eventos y de los espacios para personas con discapacidad visual, así como el subtitulado y la interpretación en lengua de signos. También existen programas en braille, programas de lectura fácil, paseos táctiles previos a los espectáculos para que las personas ciegas puedan “visualizar” los espacios, las texturas de la indumentaria, la utilería, incluso, en la medida en que sea posible, tocar a los intérpretes el rostro o el cabello… Así como paseos escénicos para personas con discapacidad intelectual en los que se explican de forma sencilla y clara el argumento o motivo del evento y, en su caso, se describen a los personajes.

Este tipo de discriminación, como digo, se vive cotidianamente en espectáculos de teatro, de danza, de circo, en exposiciones o en eventos culturales de todo tipo. La no accesibilidad de los mismos impide que las personas que cuentan con este tipo de discapacidades no puedan disfrutar de la cultura en toda su expresión, algo que se ha demostrado fundamental para el desarrollo humano. Las personas sordas, con ceguera o con algún tipo de discapacidad intelectual se sienten apartados del sistema al no poder disfrutar de la cultura.

Esta discriminación contradice el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Accesibilidad que alude a que "las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Para ello, los poderes públicos adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad universal, en igualdad de condiciones con las demás personas [...] así como los medios de comunicación social y en otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales". Sin embargo, vemos que esto no se cumple en el ámbito de la cultura de manera generalizada.

Algunas instituciones comienzan a ser conscientes de este tipo de discriminación y la están salvando haciendo accesibles sus eventos culturales. Madrid Destino (Ayuntamiento de Madrid) cuenta con herramientas de accesibilidad en este sentido, así como el CDAEM-INAEM, cuenta con carruseles Accesibles en su Teatroteca (Plataforma Digital de préstamo de grabaciones de espectáculos). Asombra aún observar como la accesibilidad es percibida como un regalo y no como un derecho.

Representación accesible de 'Mariana', en el Teatro Fernán Gómez (CDAEM. Daniel Alonso).

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